La reforma procesal laboral es un tema complejo, todos los trabajadores deben hacer un esfuerzo por comprender sus implicaciones. Pues es una modificación sustantiva del Código de Trabajo en materia procesal, en fueros y protecciones y en el derecho colectivo.
Genera mucha confusión entre los trabajadores que los grupos empresariales estuvieron opuestos al levantamiento del veto de la RPL y que el Frente Amplio, la burocracia de la ANEP y de la CTRN presentó esta reforma como “el mayor logro laboral desde la aprobación del Código de Trabajo”.
Nuestro partido y un sector minoritario del movimiento sindical, se ha opuesto a la RPL y hemos señalado que el debate sobre la misma debe ser encarado desde sus implicaciones estratégicas.
La dictadura patronal en el sector privado
Son conocidas las múltiples violaciones a los derechos laborales que se cometen en la empresas privadas: no pago de horas extras, jornadas de más de 8 horas, alteración de los contratos, no disfrute de las vacaciones, incumplimiento de la cesantía.
Frente a estos hechos la respuesta del bloque de la burocracia sindical, el Frente Amplio y el gobierno de Luis Guillermo Solís es que estos hechos se solucionan sobre la base de la modernización de los procedimientos de justicia laboral individual.
Nuestra opinión es que las múltiples vejaciones que sufren los trabajadores en sus centros de trabajo tiene como mecanismo central de solución la construcción de sindicatos en la empresa privada, sindicatos que puedan negociar colectivamente y realizar huelgas en defensa de los derechos laborales.
La importancia de la huelga y la negociación colectiva.
La aprobación de la RPL, no se da en el vacío, se da en el marco de uno de los más agresivos ataques al derecho de negociación colectiva: 1) La acción de inconstitucionalidad contra la convención colectiva del MEP y el MTSS; 2) la negativa a respetar la convención colectiva de Del Monte, AyA y del INDER; 3) el cuestionamiento de artículos de la Convención Colectiva de RECOPE y de la UNA; 4) La negociación “a la baja” de la CCT de Fuerza y Luz y de Sitrajap.
Es en ese marco que se impone la Reforma Procesal Laboral y su sistema de tutelaje y arbitraje obligatorio de las huelgas.
Lo importante aquí es que los trabajadores y los sindicatos entiendan que la RPL es una derrota estratégica en la medida en que los avances que pueden existir en materia de procesos judiciales individuales (cosa que aún está por verse) no compensan la perdida de los derechos a la negociación colectiva y la huelga.
Puesto que la mejor forma que tiene los trabajadores para solucionar sus problemas no es por la vía de la denuncia judicial individual, sino por la vía de la huelga y la negociación colectiva.
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Línea del Tiempo de la Reforma Procesal Laboral
Agosto de 2005. Es presentado en el Congreso el proyecto 15 990, la Reforma Procesal Laboral. Un proyecto pactado entre el poder judicial, los empresarios y la burocracia sindical.
Agosto 2010: El proyecto es dictaminado afirmativamente con el voto del PAC y Frente Amplio. Es presentado fue presentado a la opinión pública como el “Gran Acuerdo” entre el Gobierno, los sindicatos y las Cámaras empresariales. El proyecto aprobado fue redactado en una Comisión donde participaron la ANEP y la UCCAEP.
Agosto 2010- Febrero 2011: Se conformó una Comisión Sindical para analizar críticamente el proyecto, conformar una posición conjunta y definir estrategias unitarias. En esta comisión estuvieron: ANEP, UNDECA, APSE, CGT, COSIBA-CR, UPINS, e inicialmente CUSIMA. De esta Comisión salió una propuesta de Enmienda que planteaba revertir varios aspectos negativos del Proyecto aprobado en la Comisión de Asuntos Jurídicos. Además, la enmienda incluía nuevos aspectos que significaban un avance de derechos en relación a lo que hoy existe en el Código de trabajo.
En junio de 2011. La UCCAEP hace un llamado a la ANEP a respetar el pacto en relación al texto aprobado en la Comisión. La ANEP rompe el breve proceso de unidad sindical.
Agosto 2011. La ANEP y la CTRN proponen a las demás organizaciones sindicales firmar un nuevo pacto con la UCCAEP. El eje de este pacto es respetar la existencia de los comités permanentes y los arreglos directos, las herramientas claves de los empresarios para destruir a los sindicatos en la empresa privada.
Mayo 2012. Se concreta y se hace público el nuevo pacto entre empresarios- sindicatos. Se conforma otro bloque sindical: CTRN, CMTC, CSJMP, ANDE, COSIBA, CUSIMA. Se dejan intactos los comités permanentes. Laura Chinchilla anuncia en la OIT el triunfo del “diálogo social” en Costa Rica.
Setiembre del 2012: El proyecto es aprobado en la Asamblea Legislativa, excluyendo del mismo los artículos referidos a CP y Arreglos Directos.
Octubre 2012: El gobierno veta parcialmente el proyecto en los aspectos relacionados con las Huelgas en Servicios públicos.
Octubre 2012- mayo 2013: Se crea una nueva comisión en Casa Presidencial para “salvar el proyecto con un texto sustitutivo al veto”. Según plantea la ANEP que participó en el proceso no se llegó a un acuerdo. Nuevamente se apuesta al diálogo y la conciliación con el gobierno que los había utilizado para limpiar su imagen en la OIT.
Mayo 2013: El gobierno presenta un texto sustitutivo que según aparece en su introducción es resultado del “diálogo con los distintos sectores de la Sociedad Civil”. Aunque esto ha sido negado, al menos por ANEP, lo cierto es que ni éste sindicato ni la CTRN hicieron un pronunciamiento público de denuncia de este lesivo proyecto que exponía sin matices la política antisindical del gobierno. Este proyecto representa el ataque más feroz al Derecho a Huelga.
Agosto de 2013. Las cámaras empresariales, sumándose más recientemente la UCCAEP declaran públicamente su rechazo al proyecto de Ley. La UCCAEP, la aliada de la ANEP, la CTRN, etc., les da la espalda y cierra filas con sus aliadas de clase. Sector empresarial rompe el pacto con los sindicatos y apuesta a la unidad con su clase.
12 de Diciembre de 2014. Luis Guillermo Solís, luego de varios amagues levanta el veto a la reforma procesal laboral, fortaleciendo su pacto con la burocracia de la ANEP, la CTRN y el Frente Amplio. La RPL entrará en vigencia el 12 de junio del 2016.
18 de Diciembre de 2014: El gobierno de LGS publica el Decreto N 38767-MP-MTSS-MJ, que reglamenta el actual artículo 375 del Código de Trabajo. El objetivo es impedir la huelga en los servicios públicos, el decreto incluye la prohibición de la huelga en los servicios de prevención y atención de la salud, emergencias y policías, así como, el suministro de agua, energía y telecomunicaciones.
2015. Se esperan el debate y la aprobación en la Asamblea Legislativa de proyectos que tutelan aún más el derecho a la huelga, como por ejemplo el presente en el expediente 19.306, proyecto pactado por el PUSC-PAC-Frente Amplio.